Pago anterior al momento en que se origina el débito. En seguros recibe esta denominación el importe mínimo de la indemnización que el asegurador ha de satisfacer al asegurado dentro de los cuarenta días siguientes a la recepción de la declaración de siniestro, a cuenta del importe definitivo. En determinadas clases de seguro de vida , es la cantidad que puede percibir el asegurado , si ejercita su derecho de rescate y que puede llegar a alcanzar el importe de la reserva matemática constituida hasta el momento en que se ejercita el citado derecho. |
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