En caso de SINIESTRO , es la parte del daño que corre a cargo del ASEGURADO , como consecuencia de haberlo estipulado así en el contrato, lo que implica un menor coste del seguro. La parte que corresponde soportar al ASEGURADO puede ser una cifra exacta o un porcentaje del daño producido por el SINIESTRO . En el primer caso, si el importe del SINIESTRO es inferior a la cantidad estipulada como franquicia, el coste de los daños correrá completamente a cargo del ASEGURADO , si el SINIESTRO supone una cantidad mayor, la entidad aseguradora indemnizará al ASEGURADO por la parte del coste que exceda de la franquicia. |
---|
VOLVER ATRAS |
---|